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3 mitos y verdades sobre arrendar mi propiedad

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Escrito el 11 enero, 2023

Comprar propiedades para arrendar es, actualmente, un negocio seguro y rentable. Esto debido a que son consideradas activos fijos, ya que te dejan un flujo de dinero positivo y constante en tu bolsillo.

De acuerdo con estudios sobre la rentabilidad alcanza una media aproximada de 4,2% y es 14 veces más alta que la entregada por una cuenta individual previsional.

Además, debes saber que está regulado por la Esta protege los intereses de las dos partes (arrendatario y arrendador) y hace cumplir lo pactado en el contrato.

Pese a ello, hay ciertos mitos que hacen que algunas personas se abstengan de invertir en el negocio. Vale la pena derrumbarlos y dar a conocer las respectivas verdades. Toma nota.

3 mitos sobre el arriendo de propiedad

1. El contrato de arrendamiento a corto plazo es más seguro

 temporales (pactados cada mes), los indefinidos y aquellos a plazo fijo. Todos son seguros, siempre que elijas muy bien al arrendatario.

Para ello, tienes que asegurarte que cumpla :

  • Demostrar ingresos y estabilidad laboral.
  • No tener reportes ante DICOM, incluido su informe arriendo.
  • Aval.

Para incrementar la seguridad, también es necesario escribir el contrato y autenticarlo ante notario, para que sea más fácil exigir su cumplimiento ante un juez.

Ahora, si preguntas qué tan seguro es cada contrato en términos financieros, hay que decir que todo depende del tipo de propiedad. Los arrendamientos a largo plazo suelen ser más viables en viviendas ubicadas en zonas céntricas, porque la tasa de vacancia es menos variable. Pero si tu inmueble es un departamento en la playa, es mejor arrendar a corto plazo y aprovechar la demanda estacional por parte de turistas.

2. Es posible perder el inmueble o recibirlo dañado

Nunca perderás tu inmueble porque es tuyo y un inquilino abusivo no puede tramitar un juicio de posesión. De hecho, desde junio de este año puedes sacarlo fácilmente gracias a la , más conocida como Ley Devuélveme mi casa. 

Esta norma modificó la ley de arrendamiento N.º 18.101haciendo más rápidos y sencillos los trámites para desalojar a arrendatarios morosos o que incumplen otras cláusulas del contrato.

Todo se realiza mediante un procedimiento judicial en juzgados civiles o juzgados de letras de competencia común. Y lo mejor de todo es que puedes solicitar la restitución anticipada de la propiedad; es decir, el juez puede ordenar el desalojo del arrendatario antes de que finiquite el proceso, con ayuda de la fuerza pública si es necesario.

Aplica lo mismo en el caso de daño por acción u omisión del arrendatario en su cuidado, más aún si a la hora de redactar el contrato especificas las condiciones estéticas y estructurales en que entregas el inmueble y esperas recibirlo.

3. Los arrendatarios no pagan

Esto es falso. De acuerdo con, el 25% de los chilenos son arrendatarios y, de ellos, la mayoría son personas que cumplen cabalmente con el contrato de arrendamiento. Nuevamente, la clave está en elegir a alguien con capacidad de pago y sin antecedentes moratorios.

Además, en el caso de que des con un inquilino moroso, puedes hacer uso de la Ley de arrendamiento y presentar demanda ante el juzgado civil o de letras de competencia común. En caso de que la sea aceptada, el juez ordenará el pago de lo adeudado y los servicios públicos en un plazo de diez días corridos.

En conclusión, al comprar propiedades para arrendar estás protegido por la ley. Además, la rentabilidad es muy buena en comparación con otros instrumentos de inversión y la  a causa del encarecimiento de la vivienda.

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